• Los premios de Loterías y Apuestas del Estado tributan en Renta a un tipo fijo del 20%.
• Los primeros 40.000 € están exentos.
• En el caso de que el premio sea compartido, la exención se aplica de forma independiente respecto de cada décimo de lotería premiado. Por lo tanto, los 40.000 euros exentos se deben repartir entre todos los que comparten el décimo en proporción a su porcentaje de participación.